ORGANISMO: Ayuntamiento de Bilbao
OBJETO
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones destinadas a la adquisición de furgones o furgonetas 100% eléctricas que operen en Bilbao, de manera que contribuyan a mejorar la calidad del aire, reducir la contaminación acústica y las emisiones de gases de efecto invernadero y el consumo de energía.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Los proveedores de transporte o autónomos que realicen tareas de reparto de mercancías en Bilbao.
IMPORTE SUBVENCION
La cuantía global destinada a la presente convocatoria asciende a 100.000 euros.
La cuantía de esta ayuda será de 5.000 euros por vehículo solicitado. Las solicitudes se resuelven por orden de presentación de la solicitud en forma con toda la documentación indicada, hasta el agotamiento del crédito previsto. El abono de las subvenciones se efectuará mediante pago anticipado, con carácter previo a la justificación, por el importe total de la subvención concedida y sin exigir ningún tipo de garantía. No se podrán acoger a estas ayudas las solicitudes en las que la factura haya sido emitida con fecha anterior al 1 de enero de 2021.
PLAZOS
El plazo para presentar las solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia. En todo caso, con independencia de la existencia de presupuesto disponible, el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será de seis semanas a partir de la publicación en el BOB, es decir, del 30 de marzo al 10 de mayo de 2021.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La información estará también disponible en la web municipal www.bilbao.eus Área de Movilidad y Sostenibilidad.
Otros datos
Junto con la solicitud se presentará el DNI o CIF del solicitante; ficha de acreedores; declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003; presupuesto, factura o contrato de arrendamiento del vehículo; declaración responsable de que el vehículo operará en el reparto urbano de mercancías en Bilbao durante al menos 4 años; autorización al Ayuntamiento para recabar datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, o en su defecto certificaciones acreditativas del mismo; declaración responsable de otras ayudas solicitadas.