ORGANISMO: LANBIDE
OBJETO
Apoyo económico para facilitar la contratación de personas mayores de 50 años en situación de desempleo por tiempo igual o inferior a 1 año, en centros de trabajo de la CAPV.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria las empresas o entidades, independientemente de su forma jurídica, que celebren contratos de trabajo en los términos establecidos en la misma, excepto las Administraciones Públicas, y los Organismos Autónomos, Entes Públicos de Derecho Privado y demás entidades que integran el sector público, y que cumplan los siguientes requisitos y condiciones:
a) Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
b) Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar. La empresa deberá declarar expresamente en la solicitud si no dispone de RLT.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
d) Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
e) No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas.
f) No estar incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las previstas en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Podrán ser objeto de subvención los contratos indefinidos y los contratos temporales cuya duración sea de al menos 6 meses, en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Las ayudas previstas en esta convocatoria se aplicarán a los contratos de trabajo suscritos e iniciados a partir del 16 de noviembre de 2023, siempre que se ajusten a las condiciones y requisitos establecidos en la misma.
El periodo máximo subvencionable será de 6 meses para los contratos temporales y 12 meses para contratos cuya duración sea indefinida, y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre de 2025.
Los contratos subvencionables al amparo de esta convocatoria podrán formalizarse en base a las modalidades contractuales establecidas por la legislación laboral, exceptuando los contratos de formación en alternancia, los contratos fijo-discontinuos y los contratos celebrados por empresas de trabajo temporal con personas trabajadoras para su cesión a una empresa usuaria, siempre que sean contratos temporales o indefinidos que tengan la duración mínima establecida en la presente convocatoria y que reúnan los siguientes requisitos:
a) La contratación deberá referirse a puestos de trabajo adecuados al perfil profesional de la persona contratada.
b) Los contratos deberán formalizarse por escrito en modelo oficial haciendo constar expresamente la formación y/o cualificación profesional de la persona trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, de fin del contrato, la duración del mismo, la jornada laboral, así como el puesto de trabajo a desempeñar
c) Los contratos podrán ser a jornada completa o a jornada parcial; en este último caso, nunca inferior 70% de la jornada laboral establecida.
d) Deberá constar en los contratos la retribución bruta anual en el caso de los indefinidos y la retribución bruta mensual en el caso de contratos de duración de al menos 6 meses, en cualquiera de los casos cuantificada en euros, detallando los conceptos y respectivas cuantías incluidos en dicha retribución.
Asimismo, las contrataciones deberán suponer creación de empleo sobre la plantilla media existente en los centros de trabajo de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi durante el período de los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyos contratos se subvencionen. A fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media.
PLAZOS
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 16 de noviembre de 2023 hasta el 18 de octubre de 2024.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes de subvenciones deberán presentarse a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la CAPV de Lanbide. La ficha informativa del procedimiento administrativo donde están disponibles las instrucciones para la tramitación, las declaraciones responsables y los modelos, y a través de la cual se accede al formulario de solicitud está accesible en la dirección: https://www.euskadi.eus/servicios/1234601