ORGANISMO: Fundación MAPFRE
OBJETO
Mediante esta convocatoria, Fundación MAPFRE concederá ayudas económicas dirigidas a la creación de nuevos puestos de trabajo en pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales (“empleadores”) con domicilio fiscal en España y que cumplan los requisitos establecidos en las siguientes bases.
Estos nuevos puestos de trabajo deberán ser cubiertos por personas en situación de desempleo o personas que se incorporen por primera vez al mercado laboral, colectivos éstos que presentan una mayor dificultad para encontrar un empleo.
La contratación del nuevo empleado/a para el que se solicite la ayuda deberá hacerse con fecha posterior al 1 de enero del 2024 y por tiempo indefinido, y ésta deberá suponer un incremento en la plantilla con relación a la plantilla media del año anterior.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán participar en esta convocatoria pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales con domicilio fiscal en España y que cumplan con los siguientes requisitos:
Requisitos Generales para todo empleador/a:
a) Para el caso de las empresas o entidades sociales, que estén legalmente constituidas y registradas en el registro público español que corresponda a su naturaleza y que acredite su personalidad jurídica con fecha anterior al 31/12/2022.
b) Para el caso de los autónomos/as, que éstos se encuentren dado de alta en la Seguridad Social con fecha anterior al 31/12/2022.
c) Para todos los empleadores, estar al corriente de sus obligaciones de pago de cuotas de la Seguridad Social y al corriente en el pago de impuestos con las demás Administraciones Públicas.
d) Que el número de empleados/as al finalizar el año 2023 esté dentro de los límites establecidos en el artículo 8 de las bases en función del ámbito geográfico.
e) Que exista un contrato de trabajo en vigor entre el empleador/a y el nuevo/a empleado/a para cuya contratación se solicita la ayuda en el momento de la presentación de la solicitud de la ayuda. Dicho contrato deberá tener fecha de inicio de vigencia posterior al 1 de enero del 2024.
f) Que dicho contrato de trabajo en vigor sea por tiempo indefinido y a jornada completa o a media jornada. Quedan expresamente excluidas, el resto de las modalidades de contratación laboral, así como el autoempleo.
g) Para la formalización de la ayuda mediante la firma del convenio y su anexo, el empleador deberá contar con firma electrónica avanzada (DNI electrónico o certificado cualificado expedido por la FNMT).
Adicionalmente se establecen requisitos específicos en el artículo 8 en función de la ubicación geográfica del nuevo puesto de trabajo.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
La contratación del nuevo empleado/a para el que se solicite la ayuda deberá hacerse con fecha posterior al 1 de enero del 2024 y por tiempo indefinido, y ésta deberá suponer un incremento en la plantilla con relación a la plantilla media del año anterior.
A continuación, se detallan los requisitos específicos en función de la ubicación geográfica del centro donde se cree el puesto de trabajo.
1. Requisitos específicos para la obtención de las ayudas en el ámbito RURAL:
a) Que el puesto de trabajo se cree en poblaciones de hasta 30.000 habitantes con independencia del domicilio fiscal de la entidad contratante. Este requisito será comprobado con la información solicitada que acredite el lugar concreto del centro de trabajo.
b) Que, la plantilla media del empleador al cierre del año 2023 no supere los 9 empleados/as.
c) Que la persona contratada sea mayor de 18 años, se encuentre ininterrumpidamente en situación legal de desempleo durante un mínimo de 1 mes previos a dicha contratación, o que se esté incorporando al mercado laboral por primera vez tras finalizar su formación en los últimos 9 meses anteriores a la contratación.
2. Requisitos específicos para la obtención de las ayudas en el resto del territorio nacional:
a) Que el puesto de trabajo se cree en poblaciones de más de 30.000 habitantes con independencia del domicilio fiscal de la entidad contratante.
b) Que, la plantilla media del empleador al cierre del año 2023 no supere los 4 empleados/as.
c) Que el trabajador contratado tenga menos de 30 años ó 50 años o más, lleve en situación legal de desempleo como mínimo los 6 meses previos a la contratación para la que se solicita la ayuda. O bien qué el nuevo trabajador sea menor de 30 años y haya terminado sus estudios dentro de los 9 meses anteriores a dicha contratación, incorporándose por primera vez al mercado laboral con un empleo estable.
IMPORTE SUBVENCION
La Fundación otorgará ayudas económicas por las siguientes cuantías en función de la duración de la jornada laboral pactada:
a) Ayudas por valor de 310 euros mensuales durante un máximo de NUEVE meses para los contratos a media jornada. Importe máximo de la ayuda: 2.790 euros.
b) Ayudas por valor de 515 euros mensuales durante un máximo de NUEVE meses para los contratos a jornada completa. Importe máximo de la ayuda: 4.635 euros.
Únicamente se concederá una ayuda por empleador y por empleado/a.
PLAZOS
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el 31 de enero de 2024 y finalizará con la concesión del número total de ayudas previstas para la convocatoria que como máximo será de 450 ayudas, o en su defecto el 30 de junio de 2024.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Fundación MAPFRE pone a disposición de cualquier interesado el buzón accedemos@fundacionmapfre.org y el nº de teléfono disponible en la sección www.fundacionmapfre.org/premios-ayudas/convocatorias/contratacion/ayudasempleo, a través del cual podrán remitir consultas en relación con las ayudas, sus bases y los procedimientos a seguir.
Las bases completas de la convocatoria así como los procedimientos, documentación requerida y accesos a la aplicación para cursar las solicitudes están disponibles en la https://www.fundacionmapfre.org/premios-ayudas/convocatorias/contratacion/ayudas-empleo/