ORGANISMO: Diputación Foral de Bizkaia
OBJETO
Fomentar la puesta en marcha de nuevas empresas o líneas de negocio derivadas de proyectos empresariales innovadores de alto impacto social
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las nuevas empresas innovadoras de alto impacto social que tengan al menos 2 empleos a jornada completa equivalente adscritas al centro de producción de Bizkaia y que desarrollen su trabajo en Bizkaia.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
La creación de nuevas empresas innovadoras de alto impacto social, que cumplan estos dos requisitos:
• Incorporar soluciones novedosas en productos, procesos o servicios en el mercado de Bizkaia. que aporten valor añadido, tengan expectativas de viabilidad y favorezcan los objetivos de este decreto.
Los elementos claves diferenciales de la nueva tecnología y/o conocimiento deberán residir en la empresa o grupo promotor.
• Tener un modelo de negocio que ayude directa y claramente a resolver una necesidad social no cubierta por las soluciones actuales, con el objetivo de que se den cambios positivos, significativos y sostenibles en beneficio de las
personas y del entorno. Esta necesidad debe estar dentro de las siguientes áreas: medioambiente, envejecimiento activo, salud y bienestar e inclusión social.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Prima por constitución de la nueva empresa, Constitución y lanzamiento de la nueva empresa. Viajes y asistencia a ferias.
Protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones. Arrendamiento de un local de negocio en Bizkaia. Consultoría para la recogida de datos de medición de impacto social.
Contratación de una persona tecnóloga o desarrolladora del negocio.
IMPORTE SUBVENCION
Hasta el 30% del capital social escriturado y desembolsado, con un importe máximo de 15.000,00€ por empresa.
Puntuación % máx. subvención Importe máx. subv. (€)
De 50 a 59 puntos 60 % 15.000,00
De 60 a 69 puntos 60 % 20.000,00
De 70 a 79 puntos 80 % 25.000,00
80 puntos o más 80 % 30.000,00
Porcentaje máximo de subvención para los gastos de contratación de persona tecnóloga o desarrolladora del negocio será del 50% con un máximo de 20.000,00€
PLAZOS
Los gastos deberán realizarse entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025 y estar efectivamente pagados a fecha 31 de enero de 2026.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Plazo de presentación de solicitudes: desde 08:30 horas del 1 de febrero hasta las 13:30 del 13 de marzo de 2024.
A través de la Oficina Virtual del Departamento de Promoción Económica (www.bizkaia.eus/sustapena-oficinavirtual).
Para ello deberá disponer de firma electrónica (Izenpe, DNI electrónico, FEA), o acceder a través del certificado electrónico