ORGANISMO: Diputación Foral de Bizkaia
OBJETO
El objeto es impulsar la competitividad y el desarrollo de las entidades artesanas existentes, así como fomentar nuevas entidades artesanas en Bizkaia.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Entidades artesanas, bien sean personas en el régimen de autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades mercantiles.
Requisitos:
- Estar inscrita en el Registro de Entidades Artesanas de Bizkaia en el momento de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Bizkaia”.
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
a) La adquisición de utillaje, herramientas, y pequeña maquinaria.
b) La adquisición de equipamiento informático y software. c) La implantación, ampliación, o reforma de talleres artesanos.
d) La participación en cursos de formación, especialmente para la digitalización del negocio.
e) El establecimiento de canal de promoción y venta online.
f) La elaboración de materiales de promoción comercial.
g) La participación en ferias de artesanía.
h) La consultoría externa para la mejora de la gestión, asesoría contable y fiscal.
i) El alquiler de taller artesano. Las actividades subvencionadas deberán iniciarse y finalizarse en 2024.
IMPORTE SUBVENCION
- El importe de la ayuda se obtendrá teniendo en cuenta los porcentajes de subvención y los límites máximos que se establecen en la base 5.
- El límite máximo de subvención por entidad y convocatoria será de 10.000 euros.
PLAZOS
- Desde las 8:30 horas del 15 de abril hasta las 13:30 horas del 15 de mayo de 2024.
- La solicitud se presentará a través de la oficina virtual del Departamento de Promoción Económica (http://www.bizkaia.eus/sustapena-oficinavirtual), para lo que deberá disponer de firma electrónica (izenpe, DNI electrónico, B@kq, etc).