ORGANISMO: Ayuntamiento de Barakaldo.
OBJETO
El objeto de la presente norma es regular la concesión de ayudas a los establecimientos de comercio, hostelería y servicios que instalen rótulos en euskera.
En esta convocatoria se subvencionarán los rótulos instalados entre el 2 de diciembre de 2023 y el 5 de diciembre de 2024.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán beneficiarse de las subvenciones por la instalación de rótulos exteriores
los/as titulares de los establecimientos de comercio, hostelería y servicios radicados
en Barakaldo que hayan instalado rótulos de las características descritas en la
presente Ordenanza.
A efectos de la misma, se entenderá por titulares quienes figuren en el padrón del Impuesto de Actividades Económicas.
Asimismo, se entiende por rótulo tanto el colocado en el exterior del local, el impreso en toldos y en vehículos comerciales como el incluido en los directorios ubicados en el interior de los portales, con indicación del piso y el número de puerta de la actividad.
En lo que se refiere al rótulo que origina la solicitud de subvención, el texto deberá
ser gramatical y ortográficamente correcto,
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
En lo que se refiere al rótulo que origina la solicitud de subvención, el texto deberá
ser gramatical y ortográficamente correcto.
La actividad del establecimiento deberá aparecer obligatoriamente en el rótulo,
por ejemplo: «Peio arrandegia», «Anatxu taberna». No optarán a subvención alguna aquellos rótulos que solo muestren nombres propios, topónimos, acrónimos o apellidos.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se entenderá por gasto subvencionable todo aquel en el que se haya incurrido para la instalación del rótulo, tanto en lo que se refiere al diseño y a la elaboración como a la instalación
Las subvenciones que se concedan con arreglo a lo previsto en la presente disposición no podrán superar el límite global de gasto establecido en la convocatoria.
En caso de que los importes a conceder a la totalidad de solicitantes superen el importe de dicho límite, se reducirán todas las subvenciones, prorrateando los importes de forma directamente proporcional.
En la presente convocatoria se subvencionarán los rótulos instalados entre el 2 de diciembre de 2023 y el 5 de diciembre de 2024.
IMPORTE SUBVENCION
El límite presupuestario de la convocatoria es de CINCO MIL EUROS (5.000,00 €).
Las subvenciones se concederán previa acreditación de los gastos correspondientes, teniendo carácter pospagable.
En caso de que el rótulo aparezca escrito íntegramente en euskera, le corresponderá una subvención del 50 % del gasto acreditado. Si el rótulo aparece en las dos lenguas
oficiales, le corresponderá una subvención del 25 % del gasto acreditado.
PLAZOS
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOB, y finalizará el día 6 de diciembre de 2024.