ORGANISMO: Gobierno Vasco
OBJETO
El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas a conceder por la contratación de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o con escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas, u otras entidades, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, de la igualdad entre hombres y mujeres y de consolidar su inserción laboral.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
- Las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones y Fundaciones.
- Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Podrán ser objeto de subvención:
- Contratos indefinidos
- Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional de al menos 6 meses de duración
- Dichos contratos deberán iniciarse desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOPV hasta el día 31 de octubre de 2025.
- La contratación deberá referirse a puestos de trabajo adecuados al nivel de estudios o de formación cursados por la persona contratada.
- Los contratos deberán formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación de la persona trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, fin del contrato, jornada laboral y la duración del mismo, así como el puesto de trabajo a desempeñar.
- La remuneración bruta anual deberá constar en el contrato cuantificada en euros y será la fijada en el convenio colectivo aplicable en la empresa. En ningún caso podrá ser inferior a las
siguientes cuantías en función de la titulación académica. - Tener una experiencia laboral máxima de 6 meses en empleos relacionados con su titulación.
- Inscripción en el Sistema de Garantía Juvenil
- Los contratos podrán ser a jornada completa o a jornada parcial; en este último caso, nunca inferior al 70 % de la jornada laboral establecida.
- Deberán suponer creación de empleo sobre la plantilla media existente en el/los centro/s de trabajo de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi durante el periodo de los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas.
Para ambos contratos el desempeño de puestos de trabajo debe ser en centros laborales radicados en la CAPV, celebrados con personas jóvenes que, a fecha de inicio del contrato cumplan con las condiciones previstas en el artículo 5. Personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar inscrita y de alta como demandante de empleo en el servicio público correspondiente y desempleada el día anterior a la fecha de inicio del contrato.
- Estar en posesión de alguna de las titulaciones incluidas en este punto:
– Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia.
– Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado universitario-Plan
Bolonia.
– Técnico/a Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional
específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Auxiliar (FP1) y Técnico/a
Especialista (FP2).
– Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.
– Certificado de profesionalidad.
La selección de las personas jóvenes participantes en el programa se realizará antes de la presentación de la solicitud y se llevará a cabo:
a) A través del centro formativo donde han finalizado los estudios
b) A través de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o una entidad colaboradora del mismo, para los no incluidos en el apartado anterior.
IMPORTE SUBVENCION
El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función de la titulación académica.
Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10 % adicional cuando los contratos se celebren con mujeres.
En el supuesto de contratos a tiempo parcial, se ajustarán los importes en proporción a la jornada.
PLAZOS
Dichos contratos deberán iniciarse desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOPV hasta el día 31 de octubre de 2025.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco hasta el 31 de octubre de 2025.
Las instrucciones para la tramitación, las declaraciones responsables y los modelos estarán disponibles en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Euskadi en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/servicios/1015918
,y se dispondrá de un enlace de acceso a la misma en la página web de Lanbide.