ORGANISMO: Diputación Foral de Bizkaia
OBJETO
Acelerar el crecimiento de las empresas en términos de generación de actividad económica
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Personas jurídicas de Bizkaia, con primera fecha de alta en el IAE igual o posterior al 1 de enero de 2020, que tengan un capital social desembolsado igual o superior a 30.000,00 euros, al menos 4 puestos de trabajo a jornada completa equivalente a fecha de presentación de la solicitud (al menos 2 de los empleos deberán estar adscritos al centro de producción de Bizkaia y desarrollar su trabajo en Bizkaia), y una cifra de facturación igual o superior a 150.000,00 euros en el ejercicio 2023.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Se considerarán gastos subvencionables los gastos de consultoría externa para el desarrollo del proyecto de aceleración que, siendo correctamente justificados de conformidad con la normativa en vigor se hayan ejecutado en plazo, sean necesarios y respondan a la naturaleza y al normal desarrollo del proyecto.
IMPORTE SUBVENCION
El importe de las ayudas se detalla en la base 18 del decreto financiándose un 80 % del gasto subvencionable y no siendo en ningún caso superior a 20.000,00 euros.
PLAZOS
El plazo para la presentación de solicitudes será desde las 08:30 horas del 3 de febrero hasta las 13:30 horas del 28 de febrero de 2025.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán por Internet, a través de la Oficina Virtual del Departamento de Promoción Económica (www.bizkaia.eus/Sustapena-OficinaVirtual).