ORGANISMO: Gobierno Vasco - EVE
OBJETO
Con el objetivo prioritario de promover acciones que persigan una disminución del impacto ambiental del transporte, se publica el presente programa de ayudas a inversiones en vehículos de menos emisiones, el cual incentiva acciones que persigan la racionalización del consumo de energía y la reducción de la dependencia del petróleo en el transporte de mercancías y en la movilidad de las personas, facilitando la transferencia hacia los modos de transporte más eficientes, el uso de energías renovables, la utilización de tecnologías energéticamente más eficientes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán acceder a las subvenciones objeto de convocatoria del presente programa de ayudas:
- Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, que residan o tengan su domicilio social y fiscal en la CAE.
- Personas jurídicas, de naturaleza privada, que, no teniendo su domicilio social y fiscal en la CAE, (i) desarrollen su actividad, (ii) cuenten con una sede y (iii) mantengan parte de su plantilla en esta Comunidad Autónoma; todo ello, desde al menos los dos años anteriores a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria de ayudas en el Boletín Oficial del País Vasco.
GASTOS SUBVENCIONABLES
En el marco del presente programa de ayudas será objeto de subvención la compra de vehículos ligeros, nuevos o de demostración, pertenecientes a las categorías de vehículos M1 y N1, con emisiones de CO2 inferiores a 125 g/km para vehículos de categoría M1 y 150 g/km para vehículos de categoría N1.
IMPORTE SUBVENCION
Se establece una cuantía de ayuda de 3.500 euros por vehículo, si bien dicho importe se verá limitado a un máximo del 20 % del coste subvencionable del vehículo adquirido.
PLAZOS
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a las 08:00h del 1 de abril y finalizará el 15 de septiembre de 2025 (o en el momento de producirse el agotamiento del presupuesto).
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Se realizará por medios electrónicos, a través de «Mi carpeta» de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi (https://www.euskadi.eus/micarpeta) y haciendo uso de la aplicación de tramitación electrónica de Gobierno Vasco - Tramitagune y que se encuentra disponible en euskadi.eus y en la página web de EVE (www.eve.eus). Todo ello, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 para el caso de personas físicas.