ORGANISMO: Ente Vasco de la Energía
OBJETO
Subprograma 2 – Inversiones en eficiencia energética en PYMEs de los sectores industrial y terciario dentro del Programa de ayudas a inversiones en eficiencia energética, energías renovables, transporte y movilidad eficiente.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Empresas de la CAE que tengan la consideración de PYME del sector terciario cuya Clasificación Nacional de Actividades 2009 («CNAE 2009») se encuentre dentro del 41 al 99.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
a) Renovación y mejoras en procesos y sus elementos auxiliares, de manera que, utilizando tecnologías de alta eficiencia energética, se acredite una reducción significativa del consumo de energía. En este tipo de actuación se encuadran la sustitución o mejora de calderas de proceso, compresores, quemadores, motores, aislamientos en sistemas de distribución de fluidos (calor y frio), climatización, iluminación, instalación de variadores de frecuencia, instalación de sistemas de aprovechamiento de calores residuales (recuperadores de calor, precalentadores, …), etc.
b) Renovación y mejora de instalaciones energéticas en edificios existentes por otras que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética que logren acreditar una reducción significativa del consumo de energía y mejora ambiental consecuente. En este tipo de actuación se encuadran las mejoras en el sistema de distribución de fluidos caloportadores (calor y frio), sistemas de control y gestión de las variables energéticas, iluminación, instalación de recuperadores de calor en ventilación, etc.
No serán objeto de subvención las actuaciones de renovación o mejora de los equipos de climatización (calor y/o frío) y/o ACS.
IMPORTE SUBVENCION
La cuantía de la ayuda a otorgar será un porcentaje sobre los costes subvencionables. Establecido este en un 30 % para grandes empresas, 40 % para empresas medianas y un 50 % para pequeñas empresas.
No se podrán acoger aquellas actuaciones cuya inversión elegible (aquella directamente relacionada con el ahorro y eficiencia energética) sea superior a cuarenta mil (40.000) euros, ni inferior a tres mil (3.000) euros, IVA no incluido.
PLAZOS
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a las 08:00 h del 9 de junio, y finalizará en el momento de producirse el agotamiento presupuestario, o hasta el 31 de octubre de 2022.
La ayudas se concederán por orden de presentación de solicitudes, y serán compatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, siempre que consideradas en su conjunto supongan un porcentaje de ayuda igual o inferior a los límites establecidos por el Reglamento (UE) 651/2014.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes junto a la documentación requerida se podrá solicitar a través Sede Electrónica
La ayudas se concederán por orden de presentación de solicitudes