ORGANISMO: Bilbao Ekintza
OBJETO
Apoyo económico para facilitar la contratación de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en el mercado ordinario por parte de las empresas locales.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, con centro de trabajo y actividad económica en
el ámbito territorial del municipio de Bilbao.
Que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No haber obtenido ni obtener por parte de otra Administración o entidades públicas o privadas ninguna subvención o ayuda, excluyendo las bonificaciones a la Seguridad Social para formalizar la/s contratación/es encuadradas en esta convocatoria
- No estar sancionadas ni penal ni administrativamente
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Las contrataciones objeto de ayuda deberán cumplir con las condiciones establecidas en la convocatoria de ayudas de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo y ser acordes con su finalidad, específicamente deberán tener las siguientes características:
- Los contratos serán indefinidos y podrán ser a jornada completa o tiempo parcial, teniendo en cuenta que estos últimos deberán ser de un mínimo del 50% de jornada.
- Para tener la consideración de subvencionables, las contrataciones deberán suponer la creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione.
- Las contrataciones deberán haberse celebrado a partir del 1 de enero de 2022.
- Las contrataciones deben estar realizadas en el momento de la resolución de concesión de la subvención por parte de Bilbao Ekintza, y siempre antes del 31 de diciembre de 2022.
IMPORTE SUBVENCION
El importe máximo de las ayudas a otorgar y los gastos subvencionables serán los siguientes:
- Ayuda máxima de 8.000,00 € por cada contrato de trabajo a jornada completa.En el caso de contratación a jornada parcial la subvención será proporcional a la jornada trabajada.
La cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75% de los costes salariales y de Seguridad Social de la persona contratada, incluido las indemnizaciones defin de contrato, y la cuota de Seguridad Social con cargo a la empresa una vez descontadas las bonificaciones y/o deducciones correspondientes.
-Ayuda máxima de 10.000,00 € por cada contrato de trabajo a jornada completa, o la parte proporcional de la jornada parcial trabajada, en el supuesto de contratación de personas pertenecientes a los colectivos de:
- Perceptores/as titulares o beneficiario/as de RGI.
- Personas menores de 35 años.
- Personas desempleadas de larga duración. Se entiende por personas desempleadas de larga duración aquellas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo u otros Servicios Públicos de Empleo al menos 360 días en el periodo de los últimos 540 días previos a la fecha de contratación.
- Personas mayores de 55 años
PLAZOS
La presentación de solicitudes se iniciará previsiblemente a las 10:00 horas del 29 de diciembre de 2022 o al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia y finalizará a las 15:00 horas del 13 de enero de 2023.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes de subvenciones, junto a la documentación exigida, deberán presentarse a través de la sede electrónica