ORGANISMO: Diputación Foral de Bizkaia
OBJETO
El objeto de estas ayudas es dinamizar Plentzia, mediante la concesión de ayudas
económicas para el arrendamiento de locales comerciales en desuso de Plentzia. Serán
objeto de subvención todos los locales comerciales y de hostelería abiertos entre el 1
de diciembre 2022 y 31 de diciembre de 2023. Con esto se quiere promover la puesta
en valor de locales vacíos en Plentzia. Se consideran locales vacíos, todo aquel local en
los que no se hubiera ejercido ningún tipo de actividad comercial o de hostelería en los
últimos 6 meses anteriores a la de la solicitud de la subvención.
Serán también objeto de estas ayudas, el alquiler de locales en caso de jubilación del
titular del negocio. Para ello se han de cumplir las siguientes condiciones:
— Que el negocio tenga una antigüedad superior a 5 años.
— Que sea por jubilación del titular.
— Que se subroguen los trabajadores, en caso de que los haya.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán tenerla consideración de personas beneficiarias las personas físicas o jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:
— Pequeñas empresas, autónomos y comunidades de bienes que se implanten
como nuevo negocio en Plentzia o que trasladen su actividad a la localidad.
Se considera pequeña empresa, aquella cuya plantilla media (computándose a tal efecto a las personas propietarias y socios que dirijan el negocio) fuese, en el año anterior, de menos de 50 empleados y cuyas ventas anuales o su activo total no superase en el años anterior 10 millones de euros.
— Los locales subvencionados deberán tener un uso comercial.
— Serán objeto de subvención todos los locales comerciales y de hostelería abiertos entre el 1 de diciembre de 2022 y 31 de diciembre de 2023.
— El local donde se va a desarrollar la actividad, deberá considerarse local vacío, es decir que no se haya llevado a cabo ninguna actividad comercial o de hostelería durante los 6 meses anteriores a la solicitud. (excepto en los casos de jubilación).
— Deberá tener domicilio social y fiscal, el alta en el IAE y en el régimen correspondiente a la seguridad social en el municipio de Plentzia.
— Mantener la actividad un mínimo de 12 meses.
— Las personas beneficiarias no deberán estar cumpliendo sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni estar sancionados en virtud del Decreto Legislativo 1/2023 de 16 de marzo, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
— Estar al corriente de las obligaciones fiscales, con la Seguridad Social, así como,
con el Ayuntamiento de Plentzia. Deberá acreditar esta circunstancia dentro del
plazo de solicitud y mantenerla en el momento de la concesión y el pago de la ayuda.
— En caso de jubilación del titular se presentara una declaración jurada.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se considera gasto subvencionable, el importe correspondiente a la renta del alquiler
del local comercial afecto al negocio correspondiente al primer año de funcionamiento
del mismo. A los efectos anteriores, se contara el inicio del primer año de funcionamiento, desde el momento que se hubiera dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, o bien los dos meses anteriores a esto siempre y cuando se haya utilizado este periodo para realizar las obras oportunas de acondicionamiento del local.
IMPORTE SUBVENCION
— En caso de que el establecimiento en que se va a desarrollar la actividad se encuentre en el Casco Histórico de Plentzia. Se establece una ayuda de hasta 3.000,00 euros por beneficiario, con un máximo del 50% del gasto, sin incluir el
IVA correspondiente.
La extensión de Casco Histórico de Plentzia viene definido en el Plan Especial de Rehabilitación, Protección y Conservación del Casco Histórico de la Villa de Plentzia (PERPC) que se puede descargar en www.Plentzia.eus.
— En caso de que el establecimiento no se encuentre en el Casco Histórico de Plentzia se establece una ayuda de hasta 1.500,00 euros por beneficiario, con un máximo del 50% del gasto, sin incluir el Iva correspondiente.
— En el caso de que la cuantía total a conceder supere la cantidad consignada en el crédito presupuestario a tal fin, dicha cuantía se prorrateara entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos de la convocatoria, de manera que todos puedan percibir una subvención.
PLAZOS
El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales, y se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia».
Se deberá realizar una solicitud cumplimentando el anexo I y el anexo II.
Las solicitudes de ayudas podrán presentarse presencialmente (solamente en caso de personas físicas) por registro en el SAC del ayuntamiento de Plentzia, o telemáticamente en opción de «Solicitud de subvenciones, becas, premios y ayudas en el apartado de trámites en www.plentzia.eus»