ORGANISMO: Gobierno Vasco
OBJETO
Promover la inserción laboral de personas desempleadas de larga duración, de edad igual o superior a 30 años, a través de un programa de ayudas que subvenciona su contratación en centros de trabajo en la CAPV.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las empresas o entidades, independientemente de su forma jurídica, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener domicilio social y fiscal en la CAPV y/o centro de trabajo radicado en la CAPV.
b) Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato, período de contratación y puesto a ocupar. La empresa deberá declarar expresamente en la solicitud si no dispone de RLT.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la SS.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables los contratos indefinidos y los contratos temporales cuya duración sea de al menos 6 meses, y cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, celebrados con personas de edad igual o superior a 30 años que cumplan los siguientes requisitos:
a) Residir en la Comunidad Autónoma de Euskadi
b) Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en la fecha de inicio del contrato y haberlo estado durante, al menos, 360 días en el período de los últimos 540 días previos a tal fecha.
c) Disponer de un perfil profesional adecuado para el desempeño del puesto a contratar.
No serán objeto de subvención los contratos para la formación y el aprendizaje y de formación en alternancia, los contratos fijo-discontinuos y los contratos celebrados por ETTs para su cesión a la empresa usuaria.
REQUISITOS DE LOS CONTRATOS:
a) La contratación deberá referirse a puestos de trabajo adecuados al perfil de la persona contratada.
b) Los contratos deberán formalizarse por escrito en modelo oficial haciendo constar expresamente la formación y/o cualificación profesional de la persona trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, de fin del contrato, la duración del mismo, la jornada laboral, así como el puesto de trabajo a desempeñar.
c) Los contratos podrán ser a jornada completa o a jornada parcial; en este último caso, nunca inferior 70 % de la jornada laboral establecida.
d) Deberá constar en los contratos la retribución bruta anual en el caso de los indefinidos y la retribución bruta mensual en el caso de contratos de duración de al menos 6 meses.
En ningún caso se subvencionarán contratos cuya retribución salarial bruta en cómputo anual sea inferior a las cantidades que por dicho concepto figuran en la siguiente tabla:
Las contrataciones deberán suponer creación de empleo sobre la plantilla media existente en los centros de trabajo de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi durante el período de los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyos contratos se subvencionen. A fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media.
IMPORTE SUBVENCION
El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función de la titulación académica o estudios realizados y de la duración del contrato, de acuerdo a la siguiente tabla:
Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán en cierto porcentaje si la persona contratada cumple con otra serie de características (consultar).
PLAZOS
Las ayudas previstas en esta convocatoria serán de aplicación a los contratos de trabajo suscritos e iniciados a partir del día 1 de enero de 2022.
El periodo máximo subvencionable será de 6 meses para los contratos temporales y 12 meses para contratos cuya duración sea indefinida, y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre de 2023.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el 23 de junio de 2022 y se cerrará el 14 de octubre de 2022.
La solicitud y la documentación correspondiente deben presentarse a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a la que se accederá mediante firma electrónica (Izenpe, DNI electrónico, FEA, B@KQ.....).