ORGANISMO: Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
OBJETO
Ayudas, para el año 2021, destinadas a la contratación de personas mayores de 30 años en situación de desempleo de larga duración en centros de trabajo de la CAPV.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las empresas o entidades, independientemente de su forma jurídica, que celebren contratos de trabajo en los términos establecidos en la misma, excepto las Administraciones Públicas, y los Organismos Autónomos, Entes Públicos de Derecho Privado y demás entidades que integran el sector público y que cumplan los siguientes requisitos y condiciones:
- Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
- Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato, período de contratación y puesto a ocupar. La empresa deberá declarar expresamente en la solicitud si no dispone de RLT.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
- No estar sancionada ni administrativa ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni está incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo.
- No estar incursa en ninguna de las restantes circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Podrán ser objeto de subvención los contratos indefinidos, los contratos temporales de duración igual o superior a 12 meses y los contratos temporales de duración igual o superior a 6 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, celebrados con las personas que cumplan con las condiciones previstas en el art. 5.
Las ayudas previstas en esta convocatoria serán de aplicación a los contratos de trabajo suscritos e iniciados a partir del día 1 de enero de 2021.
El periodo máximo subvencionado no podrá superar los 6 meses para contratos cuya duración sea igual o superior a 6 meses e inferior al año, y no podrá superar los 12 meses para contratos cuya duración sea igual o superior al año, indefinidos o temporales, con independencia de la duración total del contrato y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre de 2022.
Los contratos subvencionables podrán formalizarse en base a cualquier modalidad contractual acorde a la legislación laboral, exceptuando los contratos para la formación y el aprendizaje, los contratos fijodiscontinuos y los contratos celebrados por empresas de trabajo temporal con personas trabajadoras para su cesión a una empresa usuaria, siempre que sean contratos temporales o indefinidos que tengan la duración mínima establecida en la presente convocatoria y que reúnan los siguientes REQUISITOS:
- La contratación deberá referirse a puestos de trabajo adecuados al perfil de la persona contratada.
- Los contratos deberán formalizarse por escrito en modelo oficial haciendo constar expresamente la formación y/o cualificación profesional de la persona trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, de fin del contrato, la duración del mismo, la jornada laboral, así como el puesto de trabajo a desempeñar.
- Los contratos podrán ser a jornada completa o a jornada parcial; en este último caso, nunca inferior 70 % de la jornada laboral establecida.
- Deberá constar en los contratos la retribución bruta anual en el caso de los indefinidos y de duración igual o superior a un año, o la retribución mensual en el caso de contratos de duración igual o superior a los 6 meses e inferior al año.
PLAZOS
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOPV, es decir, desde el 14 de abril de 2021 hasta el 29 de octubre de 2021.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán de forma electrónica en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través de la dirección