ORGANISMO: Diputación Foral de Bizkaia
OBJETO
Mediante este programa de subvenciones se pretenden alcanzar los siguientes objetivos:
- Fomentar el desarrollo de nuevos proyectos en empresas creativas de Bizkaia, existentes o de nueva creación, que permitan la consolidación de un potente sector de empresas creativas en Bizkaia.
- Desarrollar proyectos empresariales creativos con visibilidad internacional, con el fin de situar a Bizkaia en las redes internacionales de territorios y ciudades creativas que permitan atraer talento a este sector.
- Acelerar el crecimiento de las empresas creativas en términos de generación de actividad económica.
- Impulsar el desarrollo de proyectos de interés para el impulso y consolidación de los sectores creativos.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán acceder a la consideración de entidades beneficiarias de las subvenciones:
- Las empresas creativas con un empleo a jornada completa equivalente y que desarrollen su actividad principal en las áreas de audiovisual, videojuegos, moda y diseño industrial de productos y servicios.
- Las asociaciones sectoriales sin fines de lucro que agrupan empresas y/o profesionales de alguno de los sectores de las industrias creativas identificadas en el Bilbao Bizkaia Design Council (BiDC) y cuya actividad principal sea la prestación de servicios diferentes a la organización de eventos, congresos, ferias, concursos o similares; salvo las de aquellos sectores que ya sean apoyados por otros programas de ayuda del Departamento de Promoción Económica.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Tendrá la consideración de hecho subvencionable:
- La creación de una empresa creativa.
- El desarrollo de proyectos creativos de mejora de la competitividad en una empresa creativa existente, que consistan en una nueva línea de negocio creativa que suponga una clara diversificación de la actividad de la empresa, o en un proyecto creativo que permita la estandarización del producto/servicio o la escalabilidad del negocio existente.
- El lanzamiento comercial en mercados internacionales de productos creativos ya desarrollados, para empresas creativas existentes.
- Para las asociaciones, el desarrollo de proyectos que permitan incrementar las capacidades profesionales y la facturación y/o empleo de las empresas creativas, con el objetivo de superar las limitaciones de los sectores creativos, potenciar la colaboración técnica o comercial y aumentar su competitividad.
IMPORTE SUBVENCION
1. El porcentaje e importe máximo de la ayuda del hecho subvencionable se establecerá en función de la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración:
- De 50 a 59 puntos 80% de subvención con un importe máximo de 15.000€
- De 60 a 69 puntos 80% de subvención con un importe máximo de 25.000€
- De 70 a 79 puntos 100% de subvención con un importe máximo de 35.000€
- Más de 80 puntos 100% de subvención con un importe máximo de 40.000€
2. El gasto interno de personal destinado al proyecto tendrá un porcentaje máximo de subvención del 40% y un límite máximo de subvención de 10.000,00 €, incluidos dentro de los límites establecidos en la anterior tabla. En el caso de que la puntuación obtenida sea entre 50 y 59 puntos, el límite máximo de subvención para el gasto interno será de 7.500,00 euros.
3. El importe máximo de subvención para los siguientes conceptos gasto es el siguiente:
a) Gastos de lanzamiento: 8.000,00 euros.
b) Viajes y asistencia a ferias: 8.000,00 euros.
c) Protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones 8.000,00 euros.
4. Adicionalmente, para nuevas empresas, con primera fecha de alta en IAE igual o posterior al 1 de enero de 2023:
- Prima por constitución igual o mayor a 50 puntos 30% de subvención con un importe máximo de 15.000€
- Arrendamiento 50-69 puntos 60% de subvención y 70 puntos o más 80% de subvención con un importe máximo de 10.000€
- Persona desarrolladora del negocio 50 puntos o más 50% de subvención con un importe máximo de 20.000€
5. En el caso de nuevas empresas creativas, cuando se cumpla la condición de entidad beneficiaria, se podrá volver a obtener la ayuda una única vez más por los conceptos de gasto abajo relacionados, siempre que no hayan sido subvencionados previamente y hasta alcanzar los límites cuantitativos establecidos en el apartado 4 anterior:
a) Ampliación de capital social.
b) Arrendamiento del local de negocio en Bizkaia.
c) Protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones.
d) Contratación de una persona desarrolladora del negocio.
6. El importe máximo de subvención ascenderá a 85.000,00 euros para nuevas empresas y a 40.000,00 euros para empresas existentes y asociaciones
PLAZOS
El plazo para la presentación de solicitudes será desde las 8:30 horas del 28 de abril hasta las 13:30 horas del 26 de mayo de 2025.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán por Internet, en el apartado «oficina virtual de Promoción Económica» de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia contenida en la página web institucional.