ORGANISMO: Gobierno Vasco - SPRI
OBJETO
El objeto de este programa es regular el apoyo profesional externo a las empresas industriales y
de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial que lo necesiten, para conjuntamente
poder realizar un proyecto que les posibilite lograr la salud financiera, pudiendo ser necesaria una
refinanciación que, desde el punto de partida operativo y financiero de la empresa, analice posibles actuaciones a llevar a cabo para velar por la continuidad y el futuro de la empresa.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán acceder a las subvenciones objeto de este programa las personas jurídicas que sean empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, que presenten proyectos para la ejecución de las actuaciones subvencionables descritas en el artículo 5, siempre que, adicionalmente:
a) Dispongan de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) Figuren de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
1.– Las destinadas a abordar y/o realizar proyectos de refinanciación o proyectos que aborden su salud financiera por las beneficiarias que permitan, de forma sucesiva:
a) Realizar un Diagnóstico de la situación de partida de la beneficiaria.
b) Elaborar un Plan de Acción, a partir del Diagnóstico de situación de partida, que posibilite la ejecución de aquellas acciones necesarias para la viabilidad de la beneficiaria.
c) Ejecutar las medidas recogidas en el Plan de Acción para optar a su salud financiera, posibilitando, en su caso, la refinanciación del pasivo financiero con todos aquellos acreedores involucrados en el proceso
2.– Solo podrá presentarse un único proyecto por empresa o grupo de empresas.
3.– Los proyectos deberán ejecutarse en el plazo máximo de 9 meses desde su inicio.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Tendrán la consideración de gastos elegibles los gastos de consultoría, realizados por empresas externas, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Gastos de realización de un Diagnóstico del punto de partida de la beneficiaria, desde un punto de vista tanto operativo como financiero;
b) Gastos de elaboración de un Plan de Acción que incluya una batería de acciones a llevar a cabo; y
c) Gastos de ejecución de las medidas recogidas en el Plan de Acción, a través del acompañamiento y asesoramiento en el proceso para lograr la salud financiera, entre lo que se incluye la renegociación del pasivo financiero.
IMPORTE SUBVENCION
Las ayudas objeto de esta convocatoria se instrumentará en forma de subvención del 80 %
de los gastos elegibles hasta un máximo de 30.000 euros de subvención por empresa en esta
convocatoria.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Del 16-04/2024 al 31/10/2024