ORGANISMO: Gobierno Vasco
OBJETO
Impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de la CAPV a través de la innovación, la mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamiento comercial como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas y, las micro, y pequeñas empresas, cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocios, sea comercial o servicios relacionados con la actividad comercial. Además:
- La actividad empresarial deberá estar domiciliada social y fiscalmente en la CAPV y radicar en la misma el establecimiento comercial o de servicio para el que se
solicita la ayuda. - Dedicarse y estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas a una actividad que este encuadrada en alguno de los grupos y/o epígrafes admitidos
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
1. Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento Comercial:
- Obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento comercial, que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o la mejora de la imagen del mismo.
- Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética.
- Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
- Adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos.
- Adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad principal.
- Adquisición de equipamiento y mobiliario para la exposición de productos: escaparates, mostradores, paneles, estanterías, vitrinas e islas expositoras (incluidas las refrigeradas), tarimas, percheros y similares.
- Mobiliario (incluidas las cámaras frigoríficas) destinado al almacenamiento de los productos. Las cámaras frigoríficas, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética. (A, B,C)
- Alarmas y sistemas de seguridad. La cuantía de la inversión máxima subvencionable no podrá exceder de 6.000 euros, IVA excluido.
- Equipos de climatización del local, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A, B,C)
- Las inversiones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, compartidos por pequeñas empresas comerciales, entre otras, integradas en un centro comercial urbano, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por quien sea titular de los establecimientos comerciales o servicios, en régimen de comunidad de personas propietarias.
- Máquinas vaporizadoras, sistemas de ventilación y purificación del aire, cámaras de medición de la temperatura corporal, esterilizadores, alfombras descontaminantes, máquinas medidoras de CO2 y equipamiento de similares características.
En este punto estarán comprendidos los gastos derivados de la redacción del proyecto, dirección de obra o aquellos proyectos elaborados por arquitectos, ingenieros o instaladores autorizados siempre que sean necesarios para la realización de las obras e instalaciones.
2. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación:
- Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión, destinados a la mejora de gestión del establecimiento comercial, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial. Se debe aportar en este caso descripción de sus principales funciones y su relación con la actividad desarrollada. (Únicamente se considerará subvencionable un equipo informático, así como una unidad de cada tipo periférico por establecimiento en el que se materialice la inversión)
- Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización vía desarrollo de página web y venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento comercial (clientes, proveedores, etc.).
- Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
- Balanzas electrónicas comerciales.
- Cajas registradoras.
- Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI (TBAI).
GASTOS SUBVENCIONABLES
El periodo subvencionable: entre el 29 de junio de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022, ambos incluidos o, en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto.
IMPORTE SUBVENCION
Para ser subvencionables, las inversiones realizadas deberán tener un importe mínimo de inversión admitida por establecimiento comercial de:
- 3.000 euros (IVA excluido) para las inversiones recogidas en el punto 1 anterior.
- 750 euros (IVA excluido) para las inversiones recogidas en el punto 2 anterior.
Las ayudas se materializan en subvenciones a fondo perdido de un mínimo del 30% para las inversiones subvencionables.
Este porcentaje pueden incrementarse hasta un 40% en caso de que la empresa acredite:
a) Participación en uno de los programas "Merkabide", "Escuela Vasca de Retail" o "Eus-commerce":1 punto.
b) Inversión comprendida en el punto 2: incorporación de nuevas tecnologías e innovación: 2 puntos.
c) Criterio de estabilidad de empleo de la mujer, cuando se acredite que al menos la mitad de la plantilla del establecimiento comercial o de servicios relacionados con la actividad comercial objeto de subvención perteneciente a la empresa solicitante tiene contrato indefinido y son mujeres: 1 punto.
d) Disponer de Plan de Igualdad o Plan de Conciliación de la vida laboral y familiar, o contar con el reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, expedida por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer o por cualquier otra Administración Pública: 1 punto.
e) Que se encuentra adherida al Sistema de Arbitraje de Kontsumobide: 1 punto.
f) Un vínculo con alguna asociación tanto zonal como gremial de comercio a la fecha de solicitud: 1 punto.
g) Haya participado en un programa de transmisión empresarial «Berriz Enpresa»: 1 punto.
h) Antigüedad del establecimiento comercial objeto de la subvención (según datos obrantes en IAE): Más de 10 años de antigüedad: 1 punto.
i) Atención al público en el establecimiento comercial en euskera, a través de los certificados Bai Euskarari o Bikain: 1 punto.
PLAZOS
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 17 de mayo de 2022 y finalizará el 30 de septiembre de 2022 o en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán a través de la Sede Electrónica de Gobierno Vasco mediante un certificado electrónico