ORGANISMO: Gobierno Vasco
OBJETO
Incentivar acciones que persigan la racionalización del consumo de energía y la reducción de la dependencia del petróleo en el transporte de mercancías y en la movilidad de las personas, facilitando la transferencia hacia los modos de transporte más eficientes, el uso de energías renovables, la utilización de tecnologías energéticamente más eficientes y la disponibilidad de las infraestructuras necesarias de recarga eléctrica y de suministro de combustibles alternativos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
- Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, que residan o tengan su domicilio social, o empadronamiento en caso de personas físicas, y fiscal en la CAE.
- Personas jurídicas, de naturaleza privada, que, no teniendo su domicilio social y fiscal en la CAE,
(i) desarrollen su actividad, (ii) cuenten con una sede y (iii) mantengan parte de su plantilla en esta Comunidad Autónoma; todo ello, desde al menos los dos años anteriores al 31 de mayo de 2021. - Ayuntamientos y mancomunidades, y Sociedades mercantiles cuya titularidad sea íntegramente de uno o varios Ayuntamientos de la CAPV
GASTOS SUBVENCIONABLES
Medida | Actuación subvencionable | Cuantía de la ayuda (€) | Precio máximo (€) | Achatarramiento |
1 | Vehículos ligeros eléctricos puros | 3.000 | 40.000 para todo vehículo M1 salvo para la subcategoría vehículos de 7 plazas, susceptibles de ser adaptados u homologados hasta 8 plazas, o de 8 plazas, para los que el límite es de 80.000
(N/A a N1) |
Obligatorio |
2 | Vehículos ligeros híbridos enchufables o eléctricos de autonomía extendida | 2.500 | 40.000 (N/A a N1) | Obligatorio |
3 | Vehículos ligeros a gas natura | 2.000 | 25.000 (N/A a N1) | Obligatorio |
4 | Vehículos ligeros de hidrógeno | 3.000 | 75.000 (N/A a N1) | Obligatorio |
5 | Vehículos ligeros de GLP | 2.000 | 25.000 (N/A a N1) | Obligatorio |
6 | Vehículos de gasolina o gasóleo (diésel) de categoría M1, con calificación energética A | 2.000 | 25.000 | Obligatorio |
7 | Vehículo de gasolina o gasóleo (diésel) de categoría N1, con MMA:
- menor de 2.500 kg y emisiones GEI inferiores a 114 gr CO2/km - igual o mayor de 2.500 kg con emisiones GEI inferiores a 184 gr CO2/km |
2.000 | (N/A a N1) | Obligatorio |
Estas tablas se muestran a modo de resumen, y no contienen el cálculo detallado de las ayudas. En caso de discrepancia, prevalecerá lo indicado en estas bases
PLAZOS
Desde el 15 de junio hasta 31 de octubre de 2021, o hasta agotar presupuesto.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes, junto a la documentación preceptiva, deberán ser presentadas de manera telemática en la página web del EVE: https://gestionayudas.eve.eus/solicitud