ORGANISMO: Diputación Foral de Bizkaia
OBJETO
Fomentar el emprendimiento social innovador entre las entidades sociales para que sean cada vez más innovadoras y tengan mayor capacidad de adaptación.
Fomentar la puesta en marcha de nuevas empresas o líneas de negocio derivadas de proyectos empresariales sociales innovadoras.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las entidades sociales existentes que promuevan el desarrollo y la puesta en marcha de un proyecto empresarial social innovador.
Las nuevas empresas o entidades sociales innovadoras con primera fecha de alta en el IAE igual o posterior al 1 de enero de 2022
que tengan un empleo a jornada completa equivalente adscritas al centro de producción de Bizkaia y que desarrollen su trabajo en Bizkaia.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Definición, desarrollo y puesta en marcha de proyectos empresariales sociales innovadores
GASTOS SUBVENCIONABLES
Estudios de viabilidad de mercado, estudios de marketing, así como informes técnicos. Desarrollo del concepto, características y
funcionalidades básicas del producto o servicio. Viajes y asistencia a ferias. Gastos de lanzamiento. Protección de la propiedad
intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones. Asesoramiento externo en el desarrollo del proyecto.
Consultoría para la recogida de datos de medición de impacto social. Gastos internos de personal destinado al proyecto.
Adicionalmente, en el caso de nuevas empresas o entidades sociales innovadoras con primera fecha de alta en IAE igual o
posterior al 1 de enero de 2022. Prima por constitución o aportación patrimonial a la nueva empresa entidad social innovadora.
IMPORTE SUBVENCION
Puntuación % máx. subvención Importe máx. subv. (€)
De 50 a 59 puntos 100% 10.000
De 60 a 69 puntos 100% 20.000
70 puntos o más 100% 30.000
Adicionalmente, para nuevas empresas o entidades sociales innovadoras se subvencionarán:
a) Hasta el 50% del capital social o aportación patrimonial desembolsada en metálico a fecha de presentación de solicitudes, con un importe máximo de 15.000 euros por empresa o entidad.
b) Hasta el 50 % de la renta por arrendamiento de local de negocio en Bizkaia, con un importe máximo de 10.000,00 €
c) Hasta el 50 % de los gastos de constitución, con un importe máximo de 1.000,00 €
PLAZOS
Los gastos deberán realizarse entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025 y estar efectivamente pagados a fecha 31 de enero de 2026.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Plazo de presentación de solicitudes: desde las 08:30 horas del 1 de febrero hasta las 13:30 del 13 de marzo de 2024.
A través de la Oficina Virtual del Departamento de Promoción Económica ( http//www.bizkaia.eus/sustapena-oficinavirtual ).
Para ello deberá disponer de firma electrónica (Izenpe, DNI electrónico, FEA, …) o acceder a través del certificado electrónico