ORGANISMO: AYUNTAMIENTO DE GETXO
OBJETO
Proporcionar apoyo económico para facilitar la contratación de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide, en el mercado ordinario por parte de las empresas locales.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Empresas, comercios y profesionales, así como las entidades sin ánimo de lucro, asociaciones o fundaciones con centro de trabajo y actividad económica en Getxo.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Contratos iniciados entre el 1 de enero de 2022 a 30 de junio de 2022. Los contratos serán indefinidos y podrán ser a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50% de jornada.
Las personas a contratar deben estar empadronadas en Getxo, como mínimo el día anterior al inicio de la relación laboral.
Las personas a contratar deben ser personas desempleadas y estar inscritas manteniéndose en situación de alta como demandantes de empleo en Lanbide - Servicio Vasco de Empleo el
día anterior al inicio del contrato.
Que la fecha de inicio de la relación laboral se produzca entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de junio de 2022.
Que el centro de trabajo de la persona cuya contratación sea objeto de ayuda esté ubicado en el término municipal de Getxo.
Que el contrato de trabajo se mantenga en vigor durante un periodo de, al menos, 12 meses. En caso de que la relación laboral finalice antes del periodo objeto de subvención se desestimará la ayuda salvo que esta relación laboral haya finalizado por causas objetivas o ajenas al empleador/a, en cuyo caso se reducirá el importe de la subvención en proporción a la duración efectiva del contrato de trabajo
IMPORTE SUBVENCION
- Ayuda máxima de 8.000€ por cada contrato de trabajo indefinido a jornada completa. La cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75 % de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
- Ayuda máxima de 10.000€ por cada contrato de trabajo indefinido a jornada completa en el supuesto de la contratación de personas pertenecientes a los siguientes colectivos: Perceptores/as titulares o beneficiario/as de RGI, personas menores de 35 años, personas desempleadas de larga duración o personas mayores de 55 años. En este caso, la cuantía final de la ayuda no podrá superar el 100 % de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
- En el caso de contrataciones indefinidas con jornadas superiores al 50%, la subvención (el límite máximo de ayuda) será proporcional a la jornada trabajada.
- Todas las cuantías económicas serán incrementadas en un 10% cuando los contratos se realicen a mujeres. El importe final de la subvención, al aplicarse dichos incrementos, no podrá superar el 100 % de los costes salariales anuales de la persona contratada, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social con cargo a la empresa contratante.
PLAZOS
Desde el día 27 de diciembre de 2022 hasta el 7 de febrero de 2023
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Telemática: www.getxo.eus Oficina de Administración Electrónica.