ORGANISMO: Diputación Foral de Bizkaia
OBJETO
Apoyar proyectos de digitalización básica o avanzada, con el objetivo último de que las empresas mejoren su posición competitiva mediante
digitalización, que también contribuye a reducir su huella ecológica.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Empresas con personalidad jurídica propia con:
Domicilio social y fiscal en Bizkaia y un centro productivo o de alto valor añadido en Bizkaia.
Plantilla entre 5 y 250 personas (en equivalentes a jornada completa)
Actividad vinculada al proyecto encuadrada en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria,
Turismo y Comercio al por mayor (según epígrafes del anexo del Decreto).
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
Línea 1 - proyectos de mejora o innovación de los procesos de generación de valor de la empresa mediante digitalización básica, implantando alguna de las siguientes Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Telecomunicaciones: comercio electrónico, sistemas de gestión avanzada de la empresa, sistema de gestión de procesos productivos, sistemas de gestión de logística, sistemas de gestión del ciclo de vida del producto, automatización de procesos industriales, integración de señales y datos de procesos operativos en la empresa, ciberseguridad.
Línea 2 - proyectos de mejora o innovación de productos/servicios o procesos de generación de valor de la empresa mediante digitalización avanzada: esto es TEICS como IA, cloud computing, Blockchain, Simulación 3D (gemelos digitales, realidad extendida), integración de señales y datos de control de los procesos con otros agentes como proveedores o clientes, interacción avanzada persona-máquina; sistemas de IoT en producto, visión artificial, aplicación de metodologías IDSA o GAIA-X en procesamiento de datos.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Gastos externos directamente vinculados al proyecto, excepto los indicados como gastos no subvencionables.
Gastos internos de personal destinado al proyecto.
[Línea 1] Inversiones en hardware y software, excepto los indicados como gastos no subvencionables.
[Líneas 2 Inversiones en las categorías 206, 212, 213, 215 y 217 del Plan General de Contabilidad.
[sólo si se cuenta con plan] Gastos de acompañamiento por agentes expertos, para el asesoramiento en la gestión del proyecto
[sólo si se cuenta con plan] Gastos de nueva contratación de personal tecnólogo
IMPORTE SUBVENCION
La intensidad y el importe máximo de las ayudas será superior para empresas que hayan elaborado un plan de digitalización básica durante los años 2022 y 2023 y cuenten con un informe de resultados análogo a lo establecido en la base 2.
El importe de las ayudas se obtendrá de la aplicación de los siguientes porcentajes, sobre la base de gasto que se considere subvencionable de cada categoría de coste.
No se concederán ayudas inferiores a 3.000 euros. Este límite no será de aplicación cuando el importe final de la ayuda sea resultado de una reducción por aplicación de los criterios de acumulación y compatibilidad de ayudas establecidos en las bases 33 y 34 o cuando sea debida al agotamiento de la disponibilidad presupuestaria.
Independientemente del momento en el que se desarrolle la actuación, se podrá adjudicar la ayuda contra uno o varios ejercicios presupuestarios.
PLAZOS
Plazos de ejecución de los proyectos:
Líneas 1 y 2: 1 de enero de 2023 – 30 de junio de 2025 (ambos inclusive)
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Plazo de presentación de solicitudes: a través de la Oficina Virtual del (http://www.bizkaia.eus/sustapena-oficinavirtual)
Línea 1: desde el 20 de mayo hasta las 13:30 horas del 26 de julio de 2024.
Líneas 2: desde el 20 de mayo hasta las 13:30 horas del del 7 de junio de 2024.