ORGANISMO: Ayuntamiento de Portugalete
OBJETO
Subvencionar proyectos de inversión, tanto para la puesta en marcha y nueva apertura de los establecimientos en los que se desarrolla la actividad, como para la reforma, modernización o puesta en valor de los establecimientos en los que se ubica el negocio.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Pequeñas empresas, independientemente de su forma jurídica, que ejerzan su actividad económica en establecimientos fijos abiertos al público a pie de calle, ubicados en el casco urbano de Portugalete.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE
- Obras de adecuación interior y exterior de los locales comerciales que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o a la mejora de la imagen del local.
- Obras de insonorización de locales.
- Reformas realizadas en materia de accesibilidad, para la eliminación de las barreras arquitectónicas que faciliten el acceso a las personas con movilidad reducida.
- Implantación de medidas de seguridad (excepto centrales de alarmas) y prevención de riesgos en el establecimiento.
- Maquinaria electrónica o mecánica, cuya función esté claramente relacionada con la actividad comercial del negocio y su implantación suponga la modernización del mismo, la mejora de las técnicas de comercialización y/o un incremento en la calidad de servicio.
- Adquisición de mobiliario y equipamiento comercial.
- Equipos informáticos y software así como TPVs, máquinas registradoras y lectores de códigos de barras.
- Instalaciones de iluminación de tecnología led y sistemas de control y regulación de su funcionamiento, en base a criterios de eficiencia energética y ahorro.
- Implantación de técnicas innovadoras de escaparatismo, de diseño y de ambientación del punto de venta.
- Instalaciones de aire acondicionado, calefacción o de purificación de aire.
- Creación e implantación de páginas web con venta on-line y la adaptación de la página web del establecimiento comercial a dispositivos móviles.
Se subvencionarán los gastos de envío y transporte, así como los costes de montaje incluidos en las facturas presentadas, siempre que se correspondan con los conceptos anteriormente mencionados.
No se incluirá como concepto subvencionable el IVA.
IMPORTE SUBVENCION
- Inversiones necesarias para la puesta en marcha y nueva apertura de los establecimientos en los que se desarrolla la actividad: se subvencionará el 40 % de la inversión admisible, hasta un máximo de 5.000,00 euros por establecimiento y convocatoria.
- Inversiones para la reforma, modernización o puesta en valor de los establecimientos en los que se ubica el negocio: se subvencionará el 30 % de la inversión admisible, hasta un máximo de 3.000,00 euros por establecimiento y convocatoria.
Incremento del porcentaje en los siguientes supuestos:
- 5 puntos adicionales: nuevas aperturas por parte de personas jóvenes emprendedoras, cuya edad a fecha de alta en IAE fuera de hasta 30 años, inclusive.
- 5 puntos adicionales: acreditar haber participado en el Programa Renova o en al menos 2 acciones formativas del Plan Municipal de Formación dirigido al sector, en un período máximo de 3 años anteriores al de la convocatoria.
- 3 puntos adicionales: acreditar un vínculo con alguna asociación de comerciantes u hosteleros/as del municipio.
En ningún caso el porcentaje de subvención podrá ser superior al 45% de la inversión total admitida, tratándose de inversiones para la puesta en marcha o nueva apertura, o al 35% cuando se trate de inversiones destinadas a la reforma y modernización de los establecimientos.
PLAZOS
Periodo subvencionable: Entre el 1 de noviembre de 2020 y el 31 de octubre de 2021
Plazo de presentación solicitudes: Desde el 1 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2021
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes, junto a la documentación preceptiva, deberán ser presentadas en:
- Registro General del Ayuntamiento de Portugalete
- Oficina de Atención Ciudadana en la Plaza San Roque