- El objetivo del servicio, activo desde el pasado mes de junio, es facilitar, de forma neutral, pactos de mutuo acuerdo, amistosos y favorables a ambas partes con el fin de contribuir a la continuidad de los negocios. Hasta la fecha se ha beneficiado de este proceso de intermediación una treintena de negocios de la Villa.
- Este servicio de intermediación, totalmente gratuito, forma parte del Plan Bilbao Aurrera, programa de medidas urgentes del Ayuntamiento de Bilbao para hacer frente a los efectos del Covid-19 en la ciudad.
El Ayuntamiento de Bilbao continua ofreciendo el servicio de intermediación, -ahora con más medidas- para facilitar acuerdos en relación al pago de ALQUILER de locales comerciales y/o negocios que se han visto afectados por el Covid-19. El servicio, totalmente gratuito y del que ya se han beneficiado una treintena de negocios, se gestiona a través de la sociedad municipal Bilbao Ekintza.
El objetivo es facilitar la consecución de pactos de mutuo acuerdo, amistosos y favorables a ambas partes (arrendadora y arrendataria), con el fin de contribuir a la continuidad de la
actividad. En todo caso, queda excluida la vía judicial.
REQUISITOS Y CONSULTAS
Para acceder a esta medida es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Tener la condición de PYME, en los términos establecidos por el Reglamento 651/2014 de la Comisión Europea o bien de microempresa o autónomo/a, con domicilio fiscal y/o social en Bilbao o que cuenten con un centro de trabajo en el municipio.
- Encontrarse de alta en el IAE con anterioridad a la declaración del primer estado de alarma (14 marzo 2020).
- Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes, así como dadas de alta en el Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad que corresponda, en la fecha de la declaración del primer estado de alarma (14 de marzo de 2020).
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a las diferentes Administraciones Públicas con las que tengan obligaciones de carácter tributario, así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. Estas circunstancias podrán ser comprobadas de oficio por Bilbao Ekintza, E.P.E.L.
- En el caso de personas jurídicas, que no se halle participada directa o indirectamente en más de un 25% por empresas que no reúnan estos requisitos.
- Contrato de arrendamiento de local de negocio, siempre y cuando no sea parte de una vivienda familiar y/o no exista relación de parentesco hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local, ni sea socio/a o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a.
Todas las solicitudes deberán tramitarse a través del formulario habilitado en esta dirección.