1 de agosto de 2022– El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado un Real Decreto-ley con un Plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización para reducir rápidamente el consumo de energía en edificios administrativos, comerciales y de pública concurrencia, tal cual se define en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE).
El Real Decreto-ley aprobado y publicado en el BOE el 2 de agosto de 2022, complementa el RITE, incrementando temporalmente las obligaciones de gestión y de consumo eficiente de los inmuebles de las administraciones públicas; los establecimientos comerciales, como grandes almacenes o centros comerciales; los espacios culturales, como cines o centros de congresos; o las infraestructuras destinadas al transporte de personas, como estaciones y aeropuertos. Con más detalle:
- Tendrán las temperaturas de calefacción y refrigeración limitadas a 19 y 27 grados centígrados respectivamente; contarán con siete días naturales desde la publicación de la norma para hacer efectiva la limitación, es decir, desde el 9 de agosto de 2022 hasta el 1 de noviembre de 2023, fecha tope que estará en vigor.
- El alumbrado de los escaparates tendrá que estar apagado desde las 22.00 horas. Esta disposición también se aplicará a los edificios públicos que estén desocupados en ese momento. Igualmente se deberá cumplir desde el 9 de agosto de 2022, y lo tendrán que hacer hasta el 1 de noviembre de 2023.
- Exhibirán en carteles o pantallas las medidas obligatorias de ahorro, entre otras adicionales que reduzcan el consumo. Esta obligación entrará en vigor tras un mes desde el día de la publicación de este real decreto-ley y tendrán vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.
- Antes del 30 de septiembre deberán disponer de cierres automáticos en las puertas de acceso para impedir que se queden abiertas permanentemente, con el consiguiente despilfarro por pérdidas de energía al exterior.