Las diputaciones forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa extenderán a 2021 las medidas tributarias de apoyo a los contribuyentes más afectados por las consecuencias económicas de la pandemia del Covid-19. Para ello, aprobarán en sus respectivos órganos de gobierno la prórroga al próximo ejercicio de la mayor parte de las medidas aprobadas desde el pasado mes de marzo, dirigidas a apoyar a las y los trabajadores autónomos, microempresas y pymes. Así mismo, han acordado adoptar las siguientes nuevas medidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Respecto a la obligación de declarar en IRPF en los ejercicios 2020 y 2021, en los tres territorios históricos se eleva de 12.000 a 14.000 el límite que fija la obligación de declarar. Así mismo se establece el límite de 20.000 euros, en los supuestos de más de un pagador, cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no supere en su conjunto la cantidad de 2.000 euros anuales.
También para los ejercicios 2020 y 2021 se declaran exentas del pago de IRPF determinadas rentas correspondientes a ayudas extraordinarias otorgadas por las administraciones públicas a las y los trabajadores autónomos como consecuencia de la suspensión, paralización o grave afectación de su actividad a causa del Covid-19. De esta manera, las tres diputaciones vascas complementan las ayudas a los sectores más perjudicados por las consecuencias económicas de la crisis.
Aquellas personas en situación de ERTE o ERE como consecuencia del Covid-19 que rescaten su EPSV en forma de renta mensual tanto en el ejercicio 2020 como en el 2021 integrarán en su base liquidable el 75% de la cantidad recuperada.
Las y los trabajadores autónomos estarán exentos de abonar el pago fraccionado de IRPF correspondiente al cuarto trimestre de 2020, que se abonaba normalmente en el mes de enero. Esta exención continúa a la establecida para los pagos fraccionados correspondientes a los tres primeros trimestres de 2020.
Por otro lado, las tres diputaciones forales establecen un régimen de aplazamientos excepcionales, sin garantías ni intereses, para el pago de las deudas tributarias. Podrán beneficiarse de este aplazamiento excepcional las personas físicas que realizan actividades económicas, las microempresas y las pequeñas empresas. El pago de la deuda se suspenderá durante tres meses, y deberá ingresarse mediante su fraccionamiento en seis cuotas mensuales del mismo importe.
Otras medidas que se prorrogan
Asimismo, son varias las medidas que se van a prorrogar, al considerar que siguen siendo necesarias para el impulso y el apoyo económico a los sectores y colectivos más afectados por la crisis. Tal es el caso de la ampliación de plazos para beneficiarse de ventajas fiscales en el IRPF en caso de adquisición de vivienda habitual, materialización de las cantidades ahorradas en la Cuenta Vivienda o reinversión por transmisión de vivienda habitual.
Asimismo, se prorroga a 2021 la amortización acelerada y la reinversión de beneficios extraordinarios en el Impuesto sobre Sociedades. En este impuesto, se mantendrán también en el año próximo las mejoras en la deducción por creación de empleo que elevan el límite máximo de deducción hasta los 7.500 euros.
Las tres diputaciones forales trasladarán estas medidas a la próxima reunión, este jueves, del Órgano de Coordinación Tributaria de Euskadi, y prevén aprobarlas en sus respectivos consejos de gobierno del martes 1 de diciembre.
Fuente: Diputación Foral De Bizkaia